El Centro de Mayores de Sant Joan participa activamente en la conmemoración del 25N
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El grupo municipal Compromís ha presentado una serie de ruegos al Ayuntamiento de Sant Joan en relación con Villa Antonia, una finca del siglo XIX de propiedad municipal dondel se está desarrollando un servicio de restauración que no cumple con la actividad estipulada en el proyecto inicial, puesto que Villa Antonia es considerada como un centro de carácter cívico-social y cultural.
Ahora, una sentencia del TSJCV contra la mercantil Villa Antonia Gastrómica establece que el interés público tiene que primar sobre el uso lucrativo y pone de manifiesto que cualquier actividad que se desarrolle dentro del local tiene que estar destinada a conseguir precisamente ese interés. En la resolución, no hay duda que la organización de banquetes de cualquier índole es una actividad lucrativa de interés privado alejada de la función social que corresponde al centro, como pueden ser los de carácter cultural, de formación, esparcimiento o distracción.
Por este motivo, Compromís ha pedido al Ayuntamiento de Sant Joan que tome las medidas oportunas para que deje claro cuál es el objeto del centro y que priorice el interés público sobre el privado. Aun así, quiere que explique por qué se ha permitido un uso y una actividad desde hace más de 15 años que causa graves molestias al vecindario y que, como remarca la sentencia, no es propia de un local de estas características.
El regidor Xavier Sala también ha solicitado al equipo de gobierno que informe de cuáles son las actuaciones socioculturales que se han desarrollado en el establecimiento en los últimos años y cuáles están previstas en un futuro. "Este Ayuntamiento ha permitido un negocio de hostelería de carácter particular y ha pervertido intencionadamente la finalidad que se persigue con su explotación. Tiene la responsabilidad de solucionar esta situación y devolver al centro su naturaleza pública".
Ante esta situación, la formación ha reclamado que, como centro sociocultural que es, se ponga al servicio de la ciudadanía sus instalaciones y que se informe de la apertura de los jardines, de las visitas programadas, de las actividades gastronómicas culturales, de la programación de exposiciones, conferencias, conciertos y otros espectáculos.
La sentencia acaba considerando que es un contrasentido que en un centro de esa naturaleza se puedan organizar fiestas y celebraciones que duran hasta altas horas de la madrugada y que perjudican seriamente a los vecinos y vecinas, por lo que es impropio de un local de carácter cívico-social. “La finalidad de carácter público hace inconcebible que a través de sus actividades se puedan causar molestias a la ciudadanía a la que tiene que servir”.
Por su parte, el alcalde manifestó en la sesión plenaria que desde el Ayuntamiento se está trabajando para corregir las irregularidades del local y ha propuesto una reunión con la jefe de servicio jurídico para que informe a todos los portavoces sobre esta situación y las posibles soluciones.
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Avda Miguel Hernández, nº 111
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