
Alicante reclama ante el Constitucional la nulidad de la sentencia que otorga licencia ambiental a los depósitos
El Comarcal de AlicanteEl Ayuntamiento alega que el fallo vulnera el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva al no tener en cuenta la inconstitucionalidad del silencio positivo para este tipo de permisos ni responder cuestiones relevantes para el proceso
El recurso de amparo reclama también la suspensión de la ejecución de sentencia, para evitar un “daños irreparables al medio ambiente” y amparándose en el interés público
Alicante, 14 de marzo de 2025. El Ayuntamiento de Alicante ha presentado ante el Tribunal Constitucional (TC) un recurso de amparo en el que solicita la nulidad de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) que reconoció a la empresa XC Business 90 SL la concesión de licencia ambiental para instalar una planta de almacenaje de combustible en terrenos del Puerto por silencio positivo. El recurso se presenta tanto contra esta sentencia como contra la inadmisión del incidente de nulidad interpuesto previamente el Ayuntamiento contra la misma, por entender que en ambos casos se ha vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva, reconocido en el artículo 24 de la Constitución Española, al no haber tenido en cuenta la inconstitucionalidad del silencio positivo en la concesión de licencias ambientales. Se solicita, además, la suspensión de la ejecución de la sentencia mientras se resuelve este recurso de amparo.
En el recurso presentado este viernes ante el TC, el Ayuntamiento de Alicante argumenta que la sentencia firme número 282/2024, de 23 de abril, dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCV vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva por “haber dictado una resolución no fundada en Derecho, fruto de un proceso deductivo arbitrario e irracional, por la aplicación de la normativa 8 ambiental valenciana que establece el silencio positivo en las licencias ambientales, declarada inconstitucional por la sentencia 76/2022 del TC”, así como por “haber dictado una resolución no fundada en Derecho por incongruencia omisiva”.
Sentencia “irracional” y “arbitraria”
Así, por un lado, el recurso alega que la sentencia del TSJCV “aplica preceptos anulados y expulsados del ordenamiento jurídico por sentencia del TC, realizando una selección arbitraria e irrazonable de la norma aplicable, sin respeto al sistema de fuentes y, por tanto, careciendo de fundamentación jurídica (motivación)”. Asimismo, añade, “existe una violación del derecho a la inmutabilidad de las sentencias, al no haberse respetado lo dispuesto en la sentencia del TC, mientras todavía no existía sentencia firme”.
Por otro lado, considera que en la sentencia del TSJCV hay “una ausencia total de análisis y pronunciamiento sobre cuestiones sustanciales, objeto del debate procesal”, entre las que se encuentran planteamientos sobre el momento temporal en el que se entiende por iniciado el expediente, a efectos de la normativa aplicable, y sobre la falta de informes preceptivos de órganos autonómicos en el expediente para el cumplimiento de las normas estatales de prevención de la contaminación y calidad ambiental. Por este motivo, concluye que “la sentencia dictada por el TSJCV ha incurrido en incongruencia omisiva sobre cuestiones sustanciales en el proceso para dictar resolución fundada en derecho, vulnerando el derecho constitucional a la tutela judicial efectiva” causando al Ayuntamiento “indefensión y, por ende, a los intereses generales, al abocar a reconocer una licencia por silencio ‘contra legem’, con grave afectación al medio ambiente”.
La trascendencia constitucional del recurso de amparo se justifica en la “negativa manifiesta del deber de acatamiento de la doctrina del Tribunal Constitucional sobre la inconstitucionalidad de la previsión del silencio positivo en las licencias ambientales”, entendiendo además que “no se trata de una errónea interpretación de esta doctrina sino que existe una decisión consciente de soslayarla”, que queda patente porque “el Ayuntamiento alegó la cita concreta de la doctrina constitucional en el escrito de complemento de sentencia y en el incidente de nulidad de sentencia, y el órgano judicial los inadmitió sin hacer consideración alguna sobre ella”.
El recurso pide también la suspensión de la ejecución de la sentencia firme dictada y de los efectos que de ella se derivan, porque no suspenderla “haría perder la finalidad de este amparo”, con el objetivo de defender el “interés público” y en aplicación del principio de prevención que “se ve gravemente afectado de forma irreparable si en ejecución de la sentencia dictada se reconoce la obtención de la licencia ambiental y consiguientemente el posterior inicio de la actividad pretendida sin existir todas las garantías que exigen las autorizaciones sectoriales que no han sido otorgadas por el órgano autonómico competente”, ya que “los daños al medio ambiente que podría provocar el ejercicio de la actividad serían irreparables e irreversibles”.


El Bando de Hogueras de Alicante recuerda a Gastón Castelló, Ramón Marco y Remigio Soler e invita a preservar la esencia

El color se convierte en el protagonista de la nueva exposición temporal en el MACA

La Policía Local de Alicante intercambia experiencias con agentes de EE UU y Alemania

Alicante ratifica la ampliación de la temporada alta de veladores y mantiene la limitación horaria

El MARQ desvela los saberes indígenas de Colombia en su nueva exposición procedente del Museo del Oro de Bogotá

El cartel ‘La Fiesta que nos une’, original de María Martínez Esteban, anunciará las Hogueras 2026

La Diputación protege y favorece la resiliencia de los montes de la provincia con más de un millón de euros

Busot impulsa más de 400.000 euros en inversiones gracias a las ayudas de desarrollo rural

La Cremà de los 237 monumentos fogueriles concluye a las 5.30 con buen ritmo, normalidad y sin incidentes

Amplio respaldo institucional del Pleno del Ayuntamiento de El Campello a la declaración de la FEMP con motivo del Día Internacional del Orgullo LGTBI

Busot volverá a brillar a la luz de las velas en una de las noches más emblemáticas del verano












